sábado, 31 de mayo de 2014


Estimadas Familias:

Os adjuntamos información sobre los plazos de entrega y documentación de matriculas para el curso 2014/2015.

CALENDARIO GENERAL DE ACTUACIONES EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DEL CURSO 2014/15

Ø  Del 1 al 9 de Junio: Solicitud de servicios complementarios en Colegios de Educación Infantil y Primaria.

Ø  Del 1 al 16 de Junio: Grabación en Séneca de las solicitudes de cada servicio en Colegios de Educación Infantil y Primaria.

Ø  Del 1 al 15 de Junio: solicitud de participación en las tareas de atención al alumnado de comedor por el personal funcionario docente.

Ø  20 de Junio: Publicación de la lista provisional de admitidos y suplentes anexo III en Colegios de Educación Infantil y Primaria por resolución del Consejo Escolar. Se adjudican todas las vacantes excepto las reservadas a alumnado de IES asociados. Plazo de alegaciones: 3 días hábiles.

Ø  23 de Junio: Cierre de grabación en Séneca de las colaboraciones prestadas por docentes en comedores y certificaciones correspondientes.

Ø  27 de Junio: Publicación de la lista definitiva de admitidos y suplentes (anexo IV) en colegios de Recurso de alzada ante la Delegación Territorial: 1 mes.

Ø  Del 1 al 8 de Septiembre: Solicitud de bonificación mediante el anexo V de la orden de 31 de julio de 2012 que modifica a la orden de 3 de agosto de 2010.

Ø  Antes del 15 de Septiembre: Declaración de usuarios. Para la adquisición de la condición de usuarios el alumnado ha debido ser admitido y estar al corriente de pago de todos los servicios del curso anterior.

Ø  A partir del 16 de Septiembre (Fase III) Admisión manual si hubiera vacantes

ü  Previamente es necesario haber realizado la declaración de usuarios.
ü  Se podrán admitir alumnado siempre que el número de usuarios activos sea inferior al de plazas autorizadas y no haya alumnado admitido en fases anteriores pendiente de ser declarado usuario.
ü  Las solicitudes de bonificación sólo podrán ser grabadas dentro de los 3 días hábiles siguientes a la admisión en el servicio. En caso de traslado de centro, una vez admitido en algún servicio en el nuevo centro, se aplicará la bonificación calculada en el centro anterior.

Ø  1 de Octubre: Comunicación de la dirección del centro a los solicitantes de las bonificaciones e incidencias de las solicitudes, con indicación del plazo de alegaciones, mediante la publicación en el tablón de anuncios del centro “Listado de bonificación provisionales” (sin incidencias). En este listado se asignará bonificación 0 a todas las solicitudes que presenten incidencias en el “Listado de personas solicitantes con alguna incidencia”, que no es publicable. El plazo de alegaciones será de 3 días hábiles, ante la dirección del centro. Las direcciones de los centros desestimarán todas las alegaciones que se realicen fuera de los plazos establecidos.

Ø  8 de Octubre: Comunicación individualizada de las bonificaciones otorgadas por resolución de la persona titular de la Delegación Territorial de Educación, cultura y Deporte. El plazo del recurso de alzada será de un mes, a partir de la fecha de notificación, ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Ø  Antes del 9 de Noviembre: remisión por los centros a las DDPP de los recursos de alzada que hayan tenido entrada con copia de la solicitud, recibí de comunicación de bonificación e información según modelo que puede obtenerse en Séneca.



NOTAS ACLARATORIAS:

  1. Para poder grabar una solicitud de servicios, su matrícula debe estar grabada previamente en el centro para el curso 2014-15.

  1. Es necesario domiciliar los pagos de los servicios complementarios en una cuenta a nombre de alguno de los tutores a excepción de los solicitantes que estén incluidos en los supuestos previstos en los apartados 2ª y 2b del artículo 19 de la Orden citada.

  1. No se puede grabar alumnado de postobligatoria en servicio de comedor.

  1. El mantenimiento de los servicios estará supeditado a la existencia de la demanda mínima establecida en la normativa vigente.

  1. No podrá admitirse alumnado por encima de las plazas autorizadas en cada servicio.

  1. Para el alumnado que se encuentre en situación de empate, se deberá realizar un sorteo en el que todos los solicitantes tengan la misma posibilidad ante el Consejo Escolar para establecer el orden de prioridad de cada solicitante afectado. Posteriormente, este número de orden deberá ser introducido en el Sistema de información Séneca.

  1. Podrán presentar la solicitud para las tareas de atención al alumnado de comedor el profesorado perteneciente a centros de gestión directa y aquellos autorizados por la DGPC, conforme al artículo 10.6 de la orden 3 de agosto de 2010, modificada por la orden 31 de julio de 2012. 

Atentamente: La Dirección del Centro.

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